Campo Temático: Geopolíticas e integración
Grupo de Trabajo: Lex mercatoria, poder corporativo y derechos humanos
Instituto de Relações Internacionais
Pontificia Universidade Católica do Rio de Janeiro
Brasil
Escuela de Política y Gobierno
Universidad Nacional de San Martín
Argentina
Este grupo analiza un tema que es central para el proceso de acumulación capitalista en la actualidad, que son las reglas globales que permiten el libre accionar de las empresas transnacionales en la globalización económica. Este grupo se propone analizar el fenómeno de la llamada Lex Mercatoria desde una mirada multidisciplinaria, ya que se proveen miradas desde el derecho, la sociología, la economía política internacional, las relaciones internacionales, la ciencia política, la ecología política y la economía feminista.
El concepto de Lex Mercatoria ha ganado terreno de manera acelerada en el debate de las ciencias jurídico/sociales. Su renovada centralidad ha sido provocada en buena medida por la creciente expansión de los marcos regulatorios del comercio internacional y de aquellos orientados a la atracción y protección de la inversión extranjera. Además, la atención doctrinal hacia la Lex Mercatoria se ha visto renovada por la evidencia de la difícil relación entre el "código del capital global? (Pistor, 2019) o la ?constitución económica global? (Fernández Ortiz de Zárate, 2018), y los mecanismos de regulación y garantía de los derechos humanos, en particular los sociales, a nivel estatal e internacional. Esto se produce en la más notable asimetría normativa que blinda los derechos de las empresas transnacionales, a la vez que diluye sus obligaciones (Hernández Zubizarreta y Ramiro, 2015). Mientras los tratados internacionales obligan a los Estados a dar seguridad jurídica y facilitar la circulación del capital global, las empresas, como corporeización del capital más concentrado, no tienen ninguna obligación ni responsabilidad dentro del marco jurídico internacional.
Esta preocupación por los efectos expansivos de la Lex Mercatoria sobre los derechos humanos no es novedosa. Distintos comentarios generales de organismos de derechos humanos de Naciones Unidas han remarcado que los Estados no pueden ignorar sus obligaciones respecto de estos derechos cuando adopten acuerdos de comercio e inversión bilaterales y multilaterales. Frases como ?los acuerdos de liberalización del comercio no deben restringir ni menoscabar la capacidad de un país de garantizar el pleno ejercicio del derecho al agua? se han convertido en una cláusula de estilo también respecto de otros derechos como la seguridad social o a la salud (Guamán, 2016; Echaide, 2017). En concreto, como ha señalado De Schutter (2019) el Consejo de Derechos Humanos ha interpelado regularmente a los Estados para que preparen un informe sobre el impacto en los derechos humanos de los acuerdos de comercio e inversión que concluyan.
Los países de América Latina se han inserto en la lógica de la Lex Mercatoria a partir de la firma de numerosos Tratados de Libre Comercio (TLC) y Tratados Bilaterales de Inversión (TBI). La masividad de la firma de estos tratados se produjo en los años noventa, en el marco otorgado por las nuevas reglas de la Organización Mundial de Comercio (OMC). Hacia mediados de 2022 existían 2.400 TBI vigentes y 320 tratados con provisión sobre inversiones vigentes (especialmente TLC). En América Latina, en pocos años Argentina había firmado 55 TBI, Chile 48, Ecuador 30, Perú 26, Panamá 22, Guatemala 17, Costa Rica 14 y México 11. Brasil firmó 16 TBI, pero no ratificó ninguno. Por otro lado, en enero de 1994 entró en vigor el primer gran TLC: el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), cuyo formato fue copiado en el tratado comercial con Centroamérica (DR-CAFTA), y los bilaterales con Perú, Chile y Colombia. Para los primeros años del nuevo siglo, Chile se convirtió en el país con mayor cantidad de TLC del mundo; hoy posee 23 tratados que liberalizan el comercio con 65 países.
Los TLC se sostienen sobre una cantidad de mitos asociados a la economía liberal. Uno de los mitos más grandes es que la libertad de mercado y de empresa, el famoso laissez faire, trae libertad general y bienestar (Cajas-Guijarro, 2018). Este mito se basa en una teoría económica que plantea que todo funciona mejor cuando es dejado libre a las solas leyes del mercado. Las ?economías abiertas? activarían un círculo virtuoso: la liberalización y la promoción del comercio y las inversiones llevaría a la integración económica mundial, lo cual conduciría al desarrollo económico, que a su vez generaría la reducción de la pobreza. La tendencia hacia mercados mundiales integrados fue percibida desde los años ochenta como un gran potencial para el mayor crecimiento, constituyendo una oportunidad para los países menos industrializados (como los latinoamericanos) y postcomunistas para elevar sus estándares de vida.
A pesar del impulso a la firma de los tratados, diversos estudios han mostrado que existe escasa evidencia de que las políticas de libre comercio (en tanto reducción de aranceles y de barreras no arancelarias) hayan llevado de manera directa a un crecimiento económico (Rodríguez y Rodrik, 2001), así como no se puede sostener que la firma de TBI haya sido causa directa del aumento del flujo de inversiones hacia los países firmantes (CAITISA, 2017). De hecho, en América Latina, los TLC han tendido a profundizar los modelos primario-exportadores, ya que se asentaron los rasgos de economías dependientes de la extracción de recursos naturales (Ghiotto, 2021). Estos recursos son en su mayoría exportados sin la incorporación de valor en los países latinoamericanos. A su vez, este modelo primario-extractivo se basa en la explotación sin miramientos de la naturaleza (Acosta, 2018).
La entrada de los países latinoamericanos en la órbita de la Lex Mercatoria generó una enorme cantidad de compromisos que tendieron a reducir las capacidades estatales (Pascual, 2020). Los TLC incorporan todos los temas llamados ?asociados al comercio?, como los derechos de propiedad intelectual, los servicios, los servicios financieros, el comercio electrónico, las telecomunicaciones, las compras públicas, las inversiones, la coherencia regulatoria, entre otros. De este modo, la aplicación de un TLC tiene impacto sobre la capacidad recaudatoria de los Estados (porque se reducen aranceles a las importaciones, que son impuestos), pero además impactan sobre la vida cotidiana de las personas, porque, por ejemplo, empujan al aumento de los precios de los medicamentos (de compra individual o las compras estatales) al fortalecer y extender la propiedad intelectual y dificultar la producción de genéricos, a la vez que encarecen y tienden a privatizar los servicios básicos (como el agua potable, la electricidad, la educación y la salud).
Asimismo, la firma de estos tratados implicó la aceptación por parte de los Estados del mecanismo de solución de controversias inversor-Estado (ISDS por su sigla en inglés), que ha promovido la creación de un sistema de justicia paralela a la justicia nacional (Olivet y Ghiotto, 2021). Este mecanismo ya ha facilitado más de 320 demandas de inversores contra Estados latinoamericanos, de modo importante del sector extractivo, por medidas tomadas por los Estados que modificaron de algún modo la expectativa de ganancia de las empresas o tocaron el derecho de propiedad (Bárcena, Ghiotto, Müller y Olivet, 2020).
En suma, la Lex Mercatoria expresada en la multiplicidad de TLC y TBI, ha empujado la mercantilización de todos los aspectos de la vida, convirtiendo los derechos empresarios en regla internacional por encima de los derechos humanos.
- Cajas-Guijarro, J. (2018). Los capos del comercio; concentración poder y acuerdos comerciales en el Ecuador: un preludio. Quito: Plataforma por el derecho a la Salud/ Fundación Donum/ FOS.
- CAITISA (2017). Auditoría Integral Ciudadana de los tratados de protección recíproca de inversiones y del sistema de arbitraje en materia de inversiones del Ecuador; Informe Ejecutivo. Quito, Ecuador.
- De Schutter, Olivier. 2010. Addendum, Guiding principles on human rights impact assessments of trade and investment agreements, para. 1. Report of the Special Rapporteur on the right to food, Asamblea General, A/HRC/19/59/Add.5
- Echaide, Javier. 2017. “Tratados de Inversiones y Derechos Humanos: los casos de Argentina en el CIADI y el derecho humano al agua”, IInt. Law: Rev. Colomb. Derecho Int. N° 31.
- Fernández Ortiz de Zarate, G 2016, Mercado o democracia; los tratados comerciales en el capitalismo del siglo XXI, Icaria, Madrid.
- Ghiotto, L. y Guamán, A. 2018. “¿Facilitación o protección para las inversiones extranjeras?: Nuevos elementos del debate global”. Fundación de Investigaciones Históricas, Económicas y Sociales, 12.
- Ghiotto, L. 2021, ´Tratados de comercio e inversión en América Latina: un balance necesario a 25 años´, em Guaman, Proner and Ricobom (eds.), Lex mercatoria, derechos humanos y democracia, CLACSO, Buenos Aires.
- Guamán Hernández, A. 2016. Cláusulas laborales en los acuerdos de libre comercio de nueva generación: una especial referencia al contenido laboral del TPP, CETA y TTIP. Estudios Financieros. Revista de Trabajo y Seguridad Social: Comentarios, Casos Prácticos: Recursos Humanos. Nº397.
- Hernández Zubizarreta, J. y Ramiro, P. 2015, Contra la lex mercatoria; Propuestas y aternaticas para desmantelar el poder de las empresas transnacionales, Icaria, Madrid.
- Olivet, C. y Ghiotto, L. 2021. Justicia paralela ¿cómo el sistema de protección de inversiones pone en riesgo la independencia del Poder Judicial en América Latina?, Transnational Institute. En: <https://www.tni.org/es/justicia-paralela/>
- Pascual, R. 2020. ´Conflicto/cooperación, intergubernamentalidad/supranacionalidad: antagonismo social de clase y relaciones interestatales´, en Kan, Jaquenod y Pascual (eds.), Entre lo global y lo internacional; Perspectivas críticas sobre el Estado, el mercado mundial y las relaciones internacionales, UNQUI/UNTDF, Buenos Aires.
- Pastor, J., 2013. “La deriva oligárquica del constitucionalismo occidental y su viejo topo”, Papeles de relaciones ecosociales y cambio global, Nº 122.
- Rodríguez, F. & Rodrik, D. 2001. Trade Policy and Economic Growth: A Skeptic's Guide to the Cross-National Evidence. En Bernanke & Rogoff (eds.) NBER Macroeconomics Annual 2000. Volumen 15. MIT Press.
Este Grupo de Trabajo presenta una perspectiva de Economía Política Internacional (EPI) crítica. Al interior de la EPI consideramos no solamente a los estudios de la economía, sino del derecho, la ciencia política, las perspectivas feministas y la ecología política, para constituir un marco interpretativo que dé cuenta de las varias aristas de la Lex Mercatoria. Institucionalizar un campo de estudios que analice la Lex Mercatoria desde estas perspectivas de modo complementario es esencial en el objetivo de avanzar en los análisis sobre la constitución económica global, con especial interés en comprender sus impactos en los países de América Latina y el Caribe.
La EPI tradicional, tanto de raigambre realista como liberal, parte del Estado y el mercado como entidades separadas, sin identificar una relación interna entre ambos. En este GT intentaremos ir más allá de dicha separación, comprendiendo las relaciones internas entre Estado y mercado, y la Lex Mercatoria como superestructura jurídica. La EPI crítica comprende entonces la nueva arquitectura jurídica internacional como expresión de las relaciones de disputa entre fuerzas económicas y sociales (Hernández Zubizarreta y Ramiro, 2015; Guamán, 2016), lo cual muestra la existencia de relaciones sociales antagónicas (Pascual, 2020; Jaquenod, 2020). De este modo, se entiende que los tratados de comercio e inversión de los últimos treinta años responden a los cambios en la relación entre capital y trabajo, desde la crisis de los llamados estados de bienestar en los años sesenta y setenta, hasta el proceso de internacionalización del capital conocido como ?globalización?. Este proceso debe ser entonces comprendido en su devenir histórico.
A partir de los años noventa, las nuevas garantías al capital se expresan no solamente en las leyes nacionales sino también en una nueva legalidad internacional. El mundo neoliberal ?desregulado? requiere de nuevas regulaciones que garanticen la libre circulación del capital, a la vez que la restricción territorial de la fuerza de trabajo. Esto ha tenido enormes costos sociales, como las olas migratorias y la feminización del empleo en maquilas y zonas de producción para la exportación (Costantino y Laterra, 2020). Nada más lejano del concepto de trabajo decente impulsado por la Organización Internacional del Trabajo y el sindicalismo global.
Una hipótesis de trabajo de este Grupo será que los tratados de comercio e inversión tienen como principal objetivo negar la incertidumbre para el capital. Los tratados otorgan una cantidad de garantías a los capitales extranjeros, donde el epicentro son los derechos de propiedad. La nueva legalidad internacional en su forma de TLC y TBI intentaría de este modo negar la incertidumbre producida por la naturaleza inestable de la relación social del capital. Sin embargo, esa inestabilidad, manifiesta en la forma de crisis, es inherente a la relación capital-trabajo.
Esto significa que la superestructura jurídica no puede ser entendida (solamente) como resultado de la lucha interestatal por obtener mayor poder en la escala global, ni como resultado de la presión de las corporaciones transnacionales. La ley es esencial para regular las disputas en las sociedades productoras de mercancías, porque justamente sin disputas la ley no sería necesaria (Pashukanis en Mielville, 2005). El presupuesto de la ley en la Sociedad capitalista es la separación del productor de los medios de producción y subsistencia, que Marx describe en el capítulo XXIV del Tomo I de El Capital, sobre la acumulación originaria. Sin intercambio generalizado, sin la constitución de los campesinos en fuerza de trabajo, en trabajadores libres, no hay ley universal, libertad e igualdad. Por ello, la forma legal debe ser derivada lógicamente de la forma mercancía. De ello puede derivarse una segunda hipótesis: la Lex Mercatoria deriva de, y da lugar a, nuevas formas de vinculación entre capital y trabajo mediadas por el Estado.
Una crítica de la EPI que observe la constitución de las reglas globales, de lo que se conoce académicamente como gobernanza del comercio y las inversiones (Saguier y Ghiotto, 2018), debe establecer un aparato conceptual que dé cuenta del modo en que la relación capital-trabajo se manifiesta dentro/fuera del Estado. Hacia afuera, en los compromisos que los Estados firman y que limitan su capacidad de acción regulatoria (sea política monetaria, laboral, de manejo de los servicios públicos, etc.) en la escala doméstica; hacia adentro, cómo dichas limitaciones en la política regulatoria tienen un impacto directo en la capacidad del Estado de manejar satisfactoriamente (desde la óptica de la reproducción del capital) las relaciones de clase al interior del territorio.
Este Grupo plantea entonces dos líneas de intervención específica:
- La constitución de un grupo académico e intelectual de EPI crítica que colabore a construir un marco analítico para la comprensión de la Lex Mercatoria y sus impactos, con especial énfasis en América Latina y el Caribe;
- La construcción de marcos interpretativos que permitan comprender la restricción a la política pública que genera la Lex Mercatoria en su forma de tratados de comercio e inversión, y cómo ésta ha impactado en los cambios en las capacidades estatales.
- Ghiotto, L. 2021. ´Tratados de comercio e inversión en América Latina: un balance necesario a 25 años´, em Guaman, Proner y Ricobom (eds.), Lex mercatoria, derechos humanos y democracia, CLACSO, Buenos Aires.
- Guamán Hernández, A. 2016. Cláusulas laborales en los acuerdos de libre comercio de nueva generación: una especial referencia al contenido laboral del TPP, CETA y TTIP. Estudios Financieros. Revista de Trabajo y Seguridad Social: Comentarios, Casos Prácticos: Recursos Humanos. Nº397.
- Hernández Zubizarreta, J. y Ramiro, P. 2015. Contra la lex mercatoria; Propuestas y aternaticas para desmantelar el poder de las empresas transnacionales, Icaria, Madrid.
- Jaquenod, A. 2020. “Lo político y lo económico en el sistema internacional. Hacia una perspectiva crítica de ´lo internacional´” en Kan, Jaquenod y Pascual (eds.) Entre lo global y lo internacional; Perspectivas críticas sobre el Estado, el mercado mundial y las relaciones internacionales. UNQUI/UNTDF.
- Mieville, C. 2005. Between Equal Rights; A Marxist Theory of International Law, Koninklijke Brill NV, Netherlands.
- Pascual, R. 2020. ´Conflicto/cooperación, intergubernamentalidad/supranacionalidad: antagonismo social de clase y relaciones interestatales´, en Kan, Jaquenod y Pascual (eds.), Entre lo global y lo internacional; Perspectivas críticas sobre el Estado, el mercado mundial y las relaciones internacionales, UNQUI/UNTDF, Buenos Aires.
- Saguier, M.; Ghiotto, L. 2018. ´Las empresas transnacionales: un punto de encuentro para la Economía Política Internacional de América Latina´, Desafíos, Bogotá, (30-2): 159-190.
(Acciones de articulación para la investigación social comparada, relevante y rigurosa)
En particular el 1er y 2do año se espera poder acercar temáticas centrales en la actualidad con la EPI entendida en sentido amplio.
Se espera poder generar conocimiento sobre el vínculo entre los tratados de comercio e inversión y las demandas ISDS con el extractivismo en América Latina, en particular con el sector de energía.
(Acciones de formación, visibilización y comunicación de la producción)
Generar asimismo un boletín electrónico anual con aportes de análisis de los miembros del GT.
- Realización de un Boletín Electrónico del GT (anual)
(Relaciones con organismos de ciencia y tecnología, organizaciones no gubernamentales, sindicales, movimientos sociales, etc.)
Movimientos sociales y sindicales con los que se coordina:
- Plataforma América Latina mejor sin TLC
- CLATE
- Internacional de Servicios Públicos (ISP)
- ATALC (Amigos de la Tierra)
(Redes científicas, organismos de cooperación internacional, instituciones académicas)
1) redes académicas:
- IILA-NET (Red de International Investment in Latin America, Europa-ALyC)
- BRICS Policy Center (Brasil)
2) organizaciones con conocimiento técnico sobre el tema:
- Transnational Institute (TNI)
- FARN-Argentina
- Grupo Geopolítica del Litio (UBA)
- Grupo de Ambiente y Política (GAP-UNSAM)
Se coordinará actividades asimismo con la Fundación Friedrich Ebert.
(Acciones de articulación para la investigación social comparada, relevante y rigurosa)
Se aprovechará el trabajo realizado en 2023 para generar conocimiento sobre el vínculo entre la Lex Mercatoria con el extractivismo en América Latina, en particular con el sector de energía.
(Acciones de formación, visibilización y comunicación de la producción)
- Realización de un Boletín Electrónico del GT (anual)
(Relaciones con organismos de ciencia y tecnología, organizaciones no gubernamentales, sindicales, movimientos sociales, etc.)
(Redes científicas, organismos de cooperación internacional, instituciones académicas)
(Acciones de articulación para la investigación social comparada, relevante y rigurosa)
Se propone generar un "hub" específico de investigadores que siguen estas temáticas.
- Reunión de todo el GT en una universidad y país a designar.
(Acciones de formación, visibilización y comunicación de la producción)
- Realización de un Boletín Electrónico del GT (anual)
(Relaciones con organismos de ciencia y tecnología, organizaciones no gubernamentales, sindicales, movimientos sociales, etc.)
Se estima poder consolidar la relación con las redes de organizaciones sociales y ONG para poder organizar en conjunto las actividades públicas de este tercer año.
- Realizar 1 webinar con organizaciones sociales.
(Redes científicas, organismos de cooperación internacional, instituciones académicas)
Total de investigadores ingresados: 34
Instituto Joaquín Herrera Flores - América Latina
Brasil
Instituto del Conurbano
Universidad Nacional de General Sarmiento
Argentina
Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Ecuador
Ecuador
Instituto de Investigaciones Económicas
Universidad Nacional Autónoma de México
México
Observatorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
España
Sociedad de Economía Política del Paraguay
-Sociedad de Economía Política y Pensamiento Crítico en América Latina
Paraguay
UIS Universidad Industrial de Santander - Colombia
Colombia
Universidad Pontificia Bolivariana de Palmira
Colombia
Escuela de Política y Gobierno
Universidad Nacional de San Martín
Argentina
Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Ecuador
Ecuador
Instituto de Cultura, Sociedad y Estado
Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Argentina
Escuela de Política y Gobierno
Universidad Nacional de San Martín
Argentina
Instituto de Ciencias Sociales y Administración
Universidad Nacional Arturo Jauretche
Argentina
Fundación de Investigaciones Sociales y Políticas
Argentina
Instituto de Investigaciones Económicas
Universidad Nacional Autónoma de México
México
UNICAP
Brasil
Transnational Institute
Países Bajos
Instituto de Altos Estudios Nacionales
Universidad de Postgrado del Estado
Ecuador
Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Ecuador
Ecuador
Departamento de Ciencias Sociales
Centro Universitario Regional Litoral Norte
Universidad de la República
Uruguay
Instituto del Desarrollo Humano
Universidad Nacional de General Sarmiento
Argentina
Universidad Pedagogica y Tecnologica de Colombia, Tunja
Colombia
Departamento de Trabajo Social
Universidad de Chile
Chile
Departamento de Trabajo Social
Universidad de Chile
Chile
Instituto de Relações Internacionais
Pontificia Universidade Católica do Rio de Janeiro
Brasil
Escuela de Política y Gobierno
Universidad Nacional de San Martín
Argentina
Escuela de Política y Gobierno
Universidad Nacional de San Martín
Argentina
Instituto de Estudios de América Latina y el Caribe
Facultad de Ciencias Sociales
Universidad de Buenos Aires
Argentina
Universidad Libre Sección Cali
Colombia
Departamento de Economía y Administración
Universidad Nacional de Quilmes
Argentina
Universidad Federal de Juiz de Fora
Brasil
Escuela de Política y Gobierno
Universidad Nacional de San Martín
Argentina
Instituto de Ciencias Sociales y Administración
Universidad Nacional Arturo Jauretche
Argentina